¿Quién puede hacer una traducción jurada?
Solo quien tiene el título de Traductor Jurado otorgado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, por examen o por reconocimiento de una cualificación obtenida en otro Estado de la UE, del EEE o Suiza. El Ministerio mantiene un registro y publica la lista de traductores jurados en su web (Real Decreto 724/2020, arts. 13 y 14).
Las traducciones de quien posee el título tienen carácter oficial (art. 17.1.b del mismo reglamento).
La fórmula de certificación
El traductor certifica con firma y sello la fidelidad y exactitud de su traducción, y la certificación debe ajustarse al modelo del Anexo I del Real Decreto 724/2020 (art. 18). El texto del modelo es:
Don/doña …………… (nombre y apellidos), Traductor Jurado de …………… (idioma), en virtud de título otorgado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, certifica que la que antecede es traducción fiel y exacta al …………… (lengua de destino) de un documento redactado en …………… (lengua de origen).
La fórmula anterior, de la Orden AEC/2125/2014, ya no se aplica: el Real Decreto 724/2020 derogó expresamente su artículo 8. Conviene revisar plantillas antiguas.
Qué debe contener el sello
Según el artículo 18.2 del reglamento, el sello contiene únicamente:
- nombre y apellidos del traductor;
- el idioma o idiomas para los que está habilitado;
- su número de registro.
Copia sellada del original
A la traducción se acompaña una copia del documento original sellada (art. 18.5). Así la autoridad puede comprobar qué documento se tradujo exactamente.
Lista de comprobación
- Fórmula del Anexo I del Real Decreto 724/2020, con lengua de origen y de destino.
- Firma y sello con los tres datos del artículo 18.2.
- Copia sellada del original unida a la traducción.
- Traducción completa: sellos, notas marginales y apostilla incluidos.
¿Necesita apostilla una traducción jurada?
¿Es realmente traductor jurado? Cómo comprobarlo
Dónde ayuda el software
Lingverra hace una traducción precisa en la maquetación del original y coloca al final la fórmula vigente, ya rellenada con su nombre, el idioma de su nombramiento y la lengua de origen del documento. La revisión, la firma y el sello siguen siendo del traductor jurado.